Sindicalistas de Base se valora de forma crítica el Real Decreto Ley 8/2020

Compañeros y Compañeras, desde Sindicalistas de Base se valora de forma crítica el Real Decreto Ley 8/2020 de Medidas Urgentes Extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid 19 publicado en el BOE el 18 de Marzo de 2020.

SBASE

El mismo se ha centrado en la bonificación de las cotizaciones a la seguridad social de los empresarios en la tramitación urgente de los ERTES de fuerza mayor, sin establecer ningún tipo de complemento, ni por la administración ni por las empresas, a las prestaciones por desempleo, como si ha ocurrido en el resto de paises de la Unión Europea, a las prestaciones por desempleo, que a parte de reducirse al 70% del salario con las pagas prorrateadas, tiene establecido un tope que puede reducir los ingresos de los/as trabajadores/as del sector de la hostelería hasta en un 50%.

La aplicación urgente de los expedientes, ni permite ni necesita acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores, con lo que la empresa, tras la inminente publicación de la Orden SND /2020 de 17 de Marzo en el BOE, de cierre de todos los hoteles y alojamientos turísticos en el plazo máximo de siete días desde su publicación, supondrá el registro por todas las empresas del citado ERTE de causa de fuerza mayor ante la autoridad laboral con la comunicación al comité de empresa, pasando sin remedio los/as trabajadores/as al desempleo, quedando a sindicatos y comités de empresa sólo solicitar a los empresarios, apelando a los grandes beneficios que han obtenido en los últimos años, que por lo menos doten de liquidez a sus trabajadores/as abonando al personal la liquidación de la Paga Extra de Mayo y la Bolsa de Vacaciones, con objeto de mitigar en lo posible los ingresos familiares de los/as trabajadores/as en los próximos meses.

Sin embargo, la situación temporal del ERTE por causa de fuerza mayor queda limitado en el tiempo a la finalización del estado de alerta decretado por el Gobierno y la orden de cierre de los hoteles, pero evidentemente no será suficiente para afrontar la dura crisis que continuará en el sector turístico.

Se podrán ya abrir hoteles, apartamentos y establecimneintos de restauración, pero los clientes tardarán tiempo en ir llegando, por lo que la prioridad debe ser el mantener el empleo, no sólo en los seis meses que establece el R.D. Ley 8/2020 en su Disposición Adicional Sexta, sino en el ámbito de la negociación de un nuevo ERTE por causas económicas y de producción, por lo que los/as trabajadores/as continuarán mayoritariamente varios meses más en el desempleo, incorporándose progresivamente a sus puestos de trabajo según se vaya recuperando la actividad y ocupación, debiendo establecer en dicha negociación la imposibilidad de acogerse las empresas a los despidos objetivos o colectivos previstos en los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores insistiendo en complementos por parte de las empresas a las prestaciones por desempleo, pero sólo podremos “inisistir”, la Reforma Laboral del PP en 2012 tampoco requiere acuerdo con el Comité de empresa en el periodo de consultas, ni autorización administartiva de la Dirección General de Trabajo.

Sindicalistas de Base mantiene la defensa de una herramienta alternativa a un segundo ERTE, la aplicación, excepcional y temporal que permite el artículo 10 del vigente Convenio de Hostelería para situación de crisis sectorial como la actual, de convertir, herramienta que si permite excluir a las empresas de su obligación de cotizar en el periodo de desempleo de sus trabajadores/as a la Seguridad Social, pero que si requiere el expreso acuerdo con la representación Legal de los Trabajadores, con la que evidentemente no contarán en el caso de no llegar a un acuerdo de complemento de las prestaciones por desempleo por parte de la empresa a los/as trabajadores/as, que mantendrán la misma situación de desempleo que si estuvieran en un ERTE.

Sindicalistas de Base considera inaceptable que los llamados “sindicatos más representativos”, CC.OO. y U.G.T., aplaudan la bonificación de cotización a la Seguridad Social de los empresarios, sin obligaciones para de complementar las prestaciones por desempleo a sus trabajadores/as en los ERTES establecidos en el R.D. Ley 8/2020, y critiquen una herramienta que establece el Convenio de Hostelería de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, que permite a los Comité de empresa otorgar a las empresas evitar dicha cotización, pero siempre a cambio de que lo que el Gobierno no ha otorgado a los/as trabajadores/as, complementos de la empresa a las prestaciones por desempleo para que no recaiga una nueva crisis a la clase trabajadora, en un sector que ha atravesado en los últimos diez años una etapa dorada de facturación y grandes beneficios, que deben evitar la tragedia que se avecina si no le ponemos remedio para cerca de 150.000 trabajadores/as del sector turístico en Canarias.

En Santa Cruz de Tenerife a 18 de Marzo de 2020